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La protección nacional a este tipo de creaciones se encuentra en el artículo 61° de
la Constitución Nacional en donde se estipula que el Estado protegerá la

propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la
ley, así como el Convenio de Berna para la protección de las Obras Literarias y

Artísticas adherido por medio de ley 33 de 1982, y el Convenido de París para la

protección de la propiedad industrial adherido por medio de ley 178 de 1994.


La Convención de Berna en su artículo segundo consagra que “obras literarias y
artísticas comprenden todas las producciones en el campo literario, científico y

artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros,

folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de
la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras

coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las
obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por

procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura,

arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se
asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de

artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas
relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias”.




Más aún, el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –
OMPI- sobre derechos de autor, aprobado por la ley 565 de 2000, consagra en su

artículo 2° que la protección del derecho de autor abarcará las expresiones pero

no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en
sí.


A estas creaciones se aplica preferentemente, tal como lo ha consagrado el

Consejo de Estado, el régimen de la Comunidad Andina de Naciones sobre
propiedad intelectual, consagrado en la Decisión 351 de 1993, donde se consagra:

“La protección reconocida por la presente Decisión recae sobre todas las obras

literarias, artísticas y científicas que puedan reproducirse o divulgarse por

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