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humanos que se establecen en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en los códigos de las entidades federativas. Al igual que las parejas

homosexuales que quieran contraer unión civil en algún Estado y este lo prohíba,
para que les conceda esto tan solo deben presentar un amparo indirecto ante un

juzgado de Distrito o de lo contrario celebrar el contrato de convivencia.


México requiere una corte que refleje el sentir de su pueblo, una corte de justicia,

una corte valiente, una verdadera corte de derecho (no es derecho si atenta contra
el derecho natural y/o la moral) una corte no temeraria que se someta a ideologías

(ya que esto estaría atentando contra una República laica, ya que la laicidad no

persigue o se postra a ideología alguna), una corte no excluyente (que atrae a su
tribunal solo aquello que los caprichos lo ameriten); una corte eficaz no de

personas mayores que se creen la gran élite de la abogacía, ganando sueldos
millonarios mientras gran parte de nuestro pueblo no posee ni el alimento de cada

día.






















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