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Quien crea la norma es un ente diferente a la persona o personas a quien va
dirigida, implica la sujeción de la conducta a una voluntad ajena [CITATION Ant99 \l
2058 ].
4.- Coercibilidad: Consiste en el cumplimiento de la norma aun contra la voluntad
del obligado a acatarla.
Cuando se habla de coercible se refiere al cumplimiento aun en contra de la
voluntad de la persona, por lo que se deduce que es incoercible cuando su
cumplimiento es voluntario y si no cumple no se le puede obligar. Retomando esta
caracterÃstica de coercibilidad, si no se cumple el Estado hace que la cumplas, tal
es el caso de la comisión de algún delito tipificado en el Código Penal, incluso
para el cumplimiento obligatorio se puede recurrir a la fuerza pública.
El incumplimiento voluntario puede traducirse en una sanción, pero tratándose de
las normas jurÃdicas se debe recordar que tienen el carácter de coercibles, es
decir, si una persona no cumple voluntariamente, la autoridad se encarga de
hacerla cumplir aun en contra de su voluntad.
La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma
y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo las
jurÃdicas cuentan con coercibilidad[CITATION Ant99 \l 2058 ].
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